JCE aclara que el registro de nacimiento no otorga nacionalidad dominicana a hijos de extranjeros
La Junta Central Electoral (JCE) reiteró este martes que el registro de nacimiento en el Libro de Extranjería de hijos de extranjeros en tránsito o que residen ilegalmente en la República Dominicana no confiere la nacionalidad dominicana a los registrados.
El organismo electoral enfatizó que sigue rigurosamente el proceso de inscripción de nacimientos de extranjeros en territorio dominicano, conforme a lo establecido por la Constitución y la Ley General de Migración.
En un comunicado oficial, la JCE aclaró que, según la legislación vigente, los centros de salud deben proporcionar a las madres extranjeras una constancia de nacimiento para que el registro se realice en un libro destinado exclusivamente a extranjeros. Este procedimiento culmina con el envío de estos registros desde la Dirección Nacional de Registro Civil al presidente de la JCE, quien a su vez los remite al Ministerio de Relaciones Exteriores para su entrega a las embajadas correspondientes. La inscripción en este Libro de Extranjería, puntualizó la JCE, no implica en ningún caso la obtención de la nacionalidad dominicana.
La JCE recordó además que, conforme al artículo 28.1 de la Ley General de Migración, todo centro de salud que atienda el parto de una mujer extranjera sin documentación de residencia legal debe emitir una Constancia de Nacimiento de color rosado, diferente a la Constancia de Nacimiento Oficial, que incluye todos los datos personales de la madre.